La colegiación, según se establece en el Capítulo I, del Título V, art. 62, de los Estatutos de la Organización Colegial Veterinaria Española, es requisito indispensable y previo para el ejercicio de la profesión de veterinario la incorporación en un Colegio Oficial de Veterinarios, que será el del domicilio profesional único o principal del interesado.

CONDICIONES DE LA INCORPORACIÓN:

  • Ser de nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la U.E., salvo lo dispuesto en tratados o convenios internacionales o dispensa legal.
  • Ser mayor de edad.
  • Estar en posesión del título de Licenciado, Graduado o de títulos extranjeros que, conforme a las normas vigentes, sean homologados a aquellos, todo ello de acuerdo con lo previsto también en las normas y acuerdos de la U.E.
  • No estar inhabilitado para el ejercicio de la profesión en ningún lugar del territorio nacional, ya sea por motivo disciplinario o judicial.
  • Carecer de antecedentes penales (Certificado de Penales).
  • Satisfacer la cuota de ingreso y demás que tenga establecida el Colegio.

DOCUMENTACIÓN Y TRÁMITES:

  • Fotocopia del Título o resguardo del pago de los Derechos del mismo.
  • Fotocopia del D.N.I.
  • 1 fotografía (modelo D.N.I.)
  • Carecer de antecedentes penales (Certificado de Antecedentes Penales - Trámites - Sede Electrónica (mjusticia.gob.es))
  • Rellenar instancia de Colegiación (instancia)
  • Satisfacer la cuota de ingreso (90€):
    Deberá abonarse en el momento de la colegiación. El pago podrá realizarse en la sede colegial, en efectivo o mediante tarjeta de crédito, si la documentación se entrega presencialmente; o mediante transferencia bancaria a la cuenta n.º ES47 3058 0823 12 2720006062, si la documentación se envía por correo postal o correo electrónico, debiendo adjuntar el resguardo del pago.
  • Certificado de Titularidad Bancaria.
  • Carecer de antecedentes penales  (Certificado de Antecedentes Penales - Trámites - Sede Electrónica (mjusticia.gob.es))
  • Rellenar instancia de Recolegiación (Instancia)
  • Satisfacer la cuota de ingreso (45 €):
    Deberá abonarse en el momento de la recolegiación. El pago podrá realizarse en la sede colegial, en efectivo o mediante tarjeta de crédito, si la documentación se entrega presencialmente; o mediante transferencia bancaria a la cuenta n.º ES47 3058 0823 12 2720006062, si la documentación se envía por correo postal o correo electrónico, debiendo adjuntar el resguardo del pago.
  • Certificado de Titularidad Bancaria.
  • Si su titulación es de la Unión Europea, EEE (Espacio Económico Europeo) o Suiza debes solicitar un reconocimiento profesional al Ministerio de Sanidad (gob.es) según la Directiva 2005/36/CE.Las profesiones sectoriales, entre las que se incluye la de veterinario/a, gozan de reconocimiento directo conforme a la Directiva 2005/36/CE.
    Este trámite es gratuito. Más información en la Sede electrónica del Ministerio de Sanidad (sede.mscbs.gob.es).
  • Certificado expedido por la autoridad competente del país de origen (Colegio de Veterinarios) haciendo constar que el demandante no se encuentra inhabilitado para el ejercicio de la profesión, así como traducción jurada de este documento al español.
  • Pasaporte o carnet de identidad.
  • Carecer de antecedentes penales (Certificado de Antecedentes Penales - Trámites - Sede Electrónica (mjusticia.gob.es))
  • Domiciliación en España.
  • 1 fotografía (modelo D.N.I.)
  • Rellenar instancia de Colegiación (instancia)
  • Satisfacer la cuota de ingreso (90€):
    Deberá abonarse en el momento de la colegiación. El pago podrá realizarse en la sede colegial, en efectivo o mediante tarjeta de crédito, si la documentación se entrega presencialmente; o mediante transferencia bancaria a la cuenta n.º ES47 3058 0823 12 2720006062, si la documentación se envía por correo postal o correo electrónico, debiendo adjuntar el resguardo del pago.
  • Certificado de Titularidad Bancaria.
  • Título homologado por la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones.
    ¿Cómo solicitar la homologación?
    El procedimiento de solicitud se tramita exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades en solicitud de homologación de títulos extranjeros (universidades.sede.gob.es).
    Tras la cumplimentación de la solicitud y su presentación podrá consultar el estado de la tramitación de su expediente.
    Más información en Homologación de títulos extranjeros de educación superior.
  • Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Paseo del Prado, 28. 28071 Madrid.
  • Permiso de trabajo para el ejercicio de la profesión veterinaria y no otra, concedido por el Ministerio de Trabajo.
  • Permiso de residencia, que expide el Ministerio del Interior.
  • Pasaporte o carnet de identidad.
  • Carecer de antecedentes penales (Certificado de Antecedentes Penales - Trámites - Sede Electrónica (mjusticia.gob.es))
  • Domiciliación en España.
  • 1 fotografía (modelo D.N.I.)
  • Rellenar instancia de Colegiación (instancia)
  • Satisfacer la cuota de ingreso (90€):
    Deberá abonarse en el momento de la colegiación. El pago podrá realizarse en la sede colegial, en efectivo o mediante tarjeta de crédito, si la documentación se entrega presencialmente; o mediante transferencia bancaria a la cuenta n.º ES47 3058 0823 12 2720006062, si la documentación se envía por correo postal o correo electrónico, debiendo adjuntar el resguardo del pago.
  • Certificado de Titularidad Bancaria.

NOTA:

La incorporación al Colegio será acordada por Junta de Gobierno y comunicada al interesado.

La documentación puede presentarse:
- De forma presencial en la sede del Colegio Oficial de Veterinarios de Málaga o por correo postal en: Pasaje Esperanto, 1 - Entreplanta, 29007 Málaga
- De forma telemática, por e-mail a: administracion@colegioveterinariosmalaga.es

BAJA COLEGIAL

La solicitud de baja voluntaria se presentará en el colegio mediante carta personal o utilizando el modelo del colegio (descargar), dirigida a la Junta de Gobierno. En ambos casos se especificará el motivo, procediendo a la devolución del carné de colegiado. Será condición indispensable hallarse al corriente en el pago de las cuotas colegiales.

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