Dentro de su ámbito territorial
- La ordenación del ejercicio de la profesión en base a los principios de deontología, eficacia, independencia y responsabilidad.
- La representación exclusiva de la Profesión Veterinaria.
- El cumplimiento de la función social que la Veterinaria corresponde, velando por la satisfacción de los intereses generales relacionados con el ejercicio de la profesión.
- Promover la constante mejora de las prestaciones profesionales de los colegiados, a través de la formación continuada y el perfeccionamiento de los mismos.
- Colaborar con las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias en los términos previstos en las Leyes.
- La protección de la salud, de la calidad de vida, de los animales y del medio ambiente.
En su ámbito territorial
- Ejercer la representación exclusiva de la profesión Veterinaria en el ámbito de la Provincia de Málaga.
- Ordenar la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y la dignidad profesional y por el debido respeto a la deontología de la profesión y a los derechos de los usuarios.
- Ejercer la potestad disciplinaria en el orden profesional y colegial en los términos establecidos en las Leyes, en estos Estatutos y en el resto de la normativa aplicable.
- Adoptar las medidas conducentes a evitar y perseguir el intrusismo profesional y la competencia desleal, así como el ejercicio de las profesiones por quienes, colegiados o no, la ejercieren en forma y condiciones contrarias a las Leyes y a estos Estatutos, incluso las personas naturales o jurídicas que propicien el ejercicio regular.
- Colaborar con la Administraciones Públicas, mediante la realización de estudios, informes, dictámenes, estadísticas y cualquier otra actividad relacionada con la profesión, que le sean solicitados o por iniciativa propia.
- Participar en los órganos consultivos de la Provincia de Málaga cuando así lo establezca la normativa aplicable.
- Participar con las entidades de formación en la elaboración de los planes de estudio; promover y participar en la creación de vías de acceso a la vida profesional de los nuevos titulados y organizar cursos postgrado para la formación y perfeccionamiento profesional de los nuevos colegiados.
- Ejercer en exclusiva la representación y defensa de la profesión, dentro de su ámbito territorial, ante la Administración Pública, Instituciones, Tribunales, entidades y particulares, con legitimación para ser parte en todo tipo de litigios y causas de acuerdo con la normativa aplicable, que afecten a los derechos e intereses profesionales y a los fines de la profesión Veterinaria y ejercitar cuantas acciones legales y judiciales sean procedentes.
- Ejercitar el derecho de petición conforme a la Ley.
- Organizar actividades y servicios comunes de carácter profesional, cultural, asistencial, de previsión y análogos, que sean de interés para los colegiados. Así como sistemas de cobertura de responsabilidades civiles contraídas en el ejercicio de la profesión.
- Procurar la armonía y colaboración entre los colegiados impidiendo la competencia desleal entre ellos conforme a la legislación vigente, velando porque el ejercicio de la profesión se haga en las condiciones de dignidad y prestigio que corresponde a los veterinarios.
- Intervenir como mediador en los conflictos profesionales que surjan entre colegiados, previa solicitud de los interesados. Ejercer funciones arbitrales en los asuntos que le sean sometidos, conforme a la legislación general de arbitraje.
- Cumplir y hacer cumplir las Leyes a los colegiados en cuanto afecten a la profesión, así como los Estatutos y demás normas y decisiones emanadas de los Órganos de Gobierno del Colegio en materia de su competencia.
- Organizar cursos dirigidos a la formación y perfeccionamiento profesional de los colegiados.
- Cualquier otra función que redunde en beneficio e los intereses profesionales de los colegiados y se encaminen al cumplimiento de los fines colegiales.