FINES Y FUNCIONES

Dentro de su ámbito territorial

  1. La ordenación del ejercicio de la profesión en base a los principios de deontología, eficacia, independencia y responsabilidad.
  2. La representación exclusiva de la Profesión Veterinaria.
  3. El cumplimiento de la función social que la Veterinaria corresponde, velando por la satisfacción de los intereses generales relacionados con el ejercicio de la profesión.
  4. Promover la constante mejora de las prestaciones profesionales de los colegiados, a través de la formación continuada y el perfeccionamiento de los mismos.
  5. Colaborar con las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias en los términos previstos en las Leyes.
  6. La protección de la salud, de la calidad de vida, de los animales y del medio ambiente.
 
 

En su ámbito territorial

  • Ejercer la representación exclusiva de la profesión Veterinaria en el ámbito de la Provincia de Málaga.
  • Ordenar la actividad profesional de los colegiados, velando por la ética y la dignidad profesional y por el debido respeto a la deontología de la profesión y a los derechos de los usuarios.
  • Ejercer la potestad disciplinaria en el orden profesional y colegial en los términos establecidos en las Leyes, en estos Estatutos y en el resto de la normativa aplicable.
  • Adoptar las medidas conducentes a evitar y perseguir el intrusismo profesional y la competencia desleal, así como el ejercicio de las profesiones por quienes, colegiados o no, la ejercieren en forma y condiciones contrarias a las Leyes y a estos Estatutos, incluso las personas naturales o jurídicas que propicien el ejercicio regular.
  • Colaborar con la Administraciones Públicas, mediante la realización de estudios, informes, dictámenes, estadísticas y cualquier otra actividad relacionada con la profesión, que le sean solicitados o por iniciativa propia.
  • Participar en los órganos consultivos de la Provincia de Málaga cuando así lo establezca la normativa aplicable.
  • Participar con las entidades de formación en la elaboración de los planes de estudio; promover y participar en la creación de vías de acceso a la vida profesional de los nuevos titulados y organizar cursos postgrado para la formación y perfeccionamiento profesional de los nuevos colegiados.
  • Ejercer en exclusiva la representación y defensa de la profesión, dentro de su ámbito territorial, ante la Administración Pública, Instituciones, Tribunales, entidades y particulares, con legitimación para ser parte en todo tipo de litigios y causas de acuerdo con la normativa aplicable, que afecten a los derechos e intereses profesionales y a los fines de la profesión Veterinaria y ejercitar cuantas acciones legales y judiciales sean procedentes.
  • Ejercitar el derecho de petición conforme a la Ley.
  • Organizar actividades y servicios comunes de carácter profesional, cultural, asistencial, de previsión y análogos, que sean de interés para los colegiados. Así como sistemas de cobertura de responsabilidades civiles contraídas en el ejercicio de la profesión.
  • Procurar la armonía y colaboración entre los colegiados impidiendo la competencia desleal entre ellos conforme a la legislación vigente, velando porque el ejercicio de la profesión se haga en las condiciones de dignidad y prestigio que corresponde a los veterinarios.
  • Intervenir como mediador en los conflictos profesionales que surjan entre colegiados, previa solicitud de los interesados. Ejercer funciones arbitrales en los asuntos que le sean sometidos, conforme a la legislación general de arbitraje.
  • Cumplir y hacer cumplir las Leyes a los colegiados en cuanto afecten a la profesión, así como los Estatutos y demás normas y decisiones emanadas de los Órganos de Gobierno del Colegio en materia de su competencia.
  • Organizar cursos dirigidos a la formación y perfeccionamiento profesional de los colegiados.
  • Cualquier otra función que redunde en beneficio e los intereses profesionales de los colegiados y se encaminen al cumplimiento de los fines colegiales.
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